1.) LUZ DE SEÑALIZACIÓN DELANTERA (marcador de contorno):

  • Obligatorio para remolques a partir de 2,1 metros de ancho.
  • Permitido para remolques de 1,8 a 2,1 metros de ancho.
  • Número de luces: 2 de color Blanco.
  • Altura: Lo más alto posible.
  • Espaciado: Montar lo más separados posible a un máx. de 400 mm desde el punto más alejado del ancho del vehículo.
  • Otras reglamentaciones: Se puede instalar cualquier luz de posición delantera con o sin reflector. Se permiten reflectantes adicionales.

LUZ DE SEÑALIZACIÓN DELANTERA (marcador lateral):

  • Obligatorio para remolques a partir de 1,6 m de ancho.
  • Permitido para remolques hasta 1,6 m de ancho.
  • Número de luces: 2 de color Blanco.
  • Altura: Mínimo 350 mm, Máximo 1.500 mm (Excepción: 2100 mm en remolques de las categorías O1 y O2, o en otros remolques donde un máx. de 1.500 mm no es posible).
  • Espaciado: Un máximo de 150 mm desde el punto más alejado del ancho del vehículo, con un mínimo de 600 mm entre ambas luces de posición delanteras, pero de al menos 400 mm en vehículos de anchura inferior a 1.300 mm.
  • Otras reglamentaciones: La superficie iluminante del catadióptrico podrá incorporarse a la luz de posición delantera (lateral). La altura de instalación del reflector debe ser tomado en cuenta. Las luces de gálibo traseras roja y delantera blanca podrán instalarse en una sola luz siempre que las normas de instalación respeten los ángulos de visibilidad. La distancia entre la luz de gálibo final y la luz trasera debe ser de menos 200 mm. Se puede utilizar cualquier luz trasera o catadióptrico trasero. Se permiten reflectores adicionales.

CATADIÓPTRICOS DELANTEROS:

  • Obligatorio para todos los remolques.
  • Número: 2 de color Blanco de forma no triangular.
  • Altura: Al menos 250 mm, 900 mm máx. (Excepción: 1.500 mm).
  • Espaciado: Debe haber un máx. de 150 mm y un min. de 600 mm entre ambos reflectores, pero al menos 400 mm para vehículos con ancho de < 1.300 mm.
  • Otras regulaciones: La superficie iluminante del catadióptrico podrá incorporarse a la luz de posición delantera (lateral).

2.) LUZ DE SEÑALIZACIÓN LATERAL:

  • Obligatoria para remolques de más de 6 m de largo, permitida para remolques de menos de 6 m de largo.
  • Número de luces: Al menos una en el tercio medio. De color amarillo delante y detrás (rojo también es posible en combinación con la luz trasera).
  • Altura: Lo más bajo posible en el lateral del remolque.
  • Espaciado: No más de 3 m desde la parte delantera (incluida la barra de tiro), no más de 1 m desde la parte trasera, no más de 3 m entre cada piloto; (excepción: 4 m).
  • Otras reglamentaciones: La superficie luminosa del catadióptrico podrá incorporarse a la luz de posición lateral. En este caso el máximo de alto corresponde a la normativa del reflector.

CATADIÓPTRICOS LATERALES:

  • Obligatorio para todos los remolques.
  • Número: Al menos uno de color amarillo, en el tercio medio de forma no triangular.
  • Altura: Al menos 250 mm, 900 mm máx. (Excepción: 1.500 mm).
  • Espaciado: Máximo a 3 m desde el frente (incluida la barra de tiro); Máximo a 1 m desde atrás, no más de 3 m entre reflectores (excepción: 4 m).

3.) LUZ DE SEÑALIZACIÓN TRASERA:

  • Obligatoria para todos los remolques.
  • Número de luces: 2 de color rojo.
  • Altura: Mínimo 350 mm, 1.500 mm máx. (Excepción: 2.100 mm solo si no se han instalado dos luces traseras adicionales). Luces traseras adicionales: al menos 600 mm por encima de las luces traseras obligatorias.
  • Espaciado: Un máximo de 400 mm desde el punto más alejado del ancho del vehículo. Esto no se aplica a las luces traseras adicionales. Ahí debe haber al menos 600 mm entre las dos luces traseras, pero al menos 400 mm si el vehículo tiene menos de 1.300 mm de ancho.
  • Otras reglamentaciones: A menos que se instalen luces de marcador de extremo trasero, se pueden instalar dos luces de marcador traseras adicionales en todos los remolques del categorías O2, O3 y O4.

LUZ GALIBO TRASERO:

  • Obligatorio para remolques de más 2,1 m de ancho. Admisible para remolques entre 1,8 a 2,1 m de ancho.
  • Número de luces: 2 de color rojo.
  • Altura: Tan alto como sea posible.
  • Espaciado: Lo más cerca posible del punto más ancho del vehículo, con un máximo de 400 mm desde el punto más alejado del ancho del vehículo.
  • Otras reglamentaciones: Las luces de gálibo traseras roja y delantera blanca podrán instalarse en una sola luz siempre que se respeten las normas de instalación y los ángulos de visibilidad. La distancia entre la luz de gálibo final y la luz trasera debe ser de menos 200 mm. Se puede utilizar cualquier luz trasera o catadióptrico trasero. Se permiten reflectores adicionales.

CATADIÓPTRICOS TRASEROS:

  • Obligatorio para todos los remolques.
  • Número: 2 de forma triangular de color rojo, con la punta del triangulo hacia arriba.
  • Altura: Al menos 350, con un máximo de 900 mm. (excepción: 1.500 mm).
  • Espaciado: A no más de 400 mm del punto más alejado del ancho del vehículo, con al menos 600 mm entre ambos reflectores, pero al menos 400 mm si el vehículo tiene < 1.300 mm de ancho.
  • Otra reglamentación: Se permite una luz trasera con un reflector rectangular incorporado en los remolques. Se permiten reflectores adicionales.

4.) LUCES INDICADORAS DE DIRECCION (Intermitentes):

  • Obligatoria para todos los remolques, categoría 2a o 2b.
  • Número de luces: 2 de color amarillo.
  • Altura: Mínimo 350 mm, 1.500 mm máx. (excepción: 2.100 mm solo si no se han instalado dos luces indicadoras de dirección adicionales). Luces indicadoras de dirección adicionales: al menos 600 mm por encima de las luces indicadoras de dirección obligatorias.
  • Espaciado: No más de 400 mm desde el punto más alejado del ancho del vehículo. Esto no se aplica a las luces indicadoras de dirección adicionales. Debe haber al menos 600 mm entre las dos luces indicadoras de dirección, pero al menos 400 mm en vehículos de menos de 1300 mm de ancho.
  • Otras reglamentaciones: Se permite la instalación de dos luces indicadoras de dirección adicionales (2a o 2b) en todos los remolques de las categorías O2, O3 y O4.

5.) LUCES DE POSICION TRASERAS:

  • Obligatoria para todos los remolques.
  • Número de luces: 2 de color rojo.
  • Altura: Mínimo 350 mm, 1.500 mm máx. (excepción: 2.100 mm solo si no se han instalado dos luces traseras adicionales). Luces de posición adicionales: al menos 600 mm por encima de las luces obligatorias.
  • Espaciado: No más de 400 mm desde el punto más alejado del ancho del vehículo. Esto no se aplica a las luces indicadoras de dirección adicionales. Debe haber al menos 600 mm entre las dos luces indicadoras de dirección, pero al menos 400 mm en vehículos de menos de 1300 mm de ancho.
  • Otras reglamentaciones: A menos que se instalen luces de marcador de límite lateral, se pueden instalar dos luces de límite traseras adicionales en todos los remolques de categoría O2, O3 y O4.

6.) LUCES DE FRENO TRASERAS:

  • Obligatoria para todos los remolques, categoría S1 o S2.
  • Número de luces: 2 de color rojo, a menos que se hayan instalado luces de freno de categoría S3, se pueden instalar dos luces de freno adicionales de la categoría S1 o S2 en vehículos de las categorías O2, O3 y O4.
  • Altura: Mínimo 350 mm, 1.500 mm máx. (excepción: 2.100 mm solo si no se han instalado dos luces traseras adicionales). Luces de freno adicionales: al menos 600 mm por encima de las luces obligatorias.
  • Espaciado: en todos los remolques al menos 600 mm entre las dos luces de freno, pero al menos 400 mm si el vehículo tiene menos de 1.300 mm de ancho.
  • Otras reglamentaciones: La distancia entre la luz de freno S1 o S2 y la luz antiniebla trasera debe ser > 100 mm.

7.) LUCES DE MARCHA ATRAS:

  • Obligatorio para todos los remolques de las categorías de vehículos O2, O3 y O4, admisible para los remolques de la categoría de vehículos O1
  • Número de luces: 1 de color blanco, y una segunda permitida en remolques de menos de 6 m de largo. 2 luces obligatorias en vehículos de mas de 6 m de largo, y 2 adicionales permitidas en todos los demás remolques.
  • Altura: Mínimo 250 mm, 1.200 mm máx.
  • Espaciado: No se aplican regulaciones.
  • Otras reglamentaciones: Es posible instalar luces de marcha atrás adicionales en el vehículo en la parte trasera o en los laterales.

8.) LUCES DE ANTINIEBLA:

  • Obligatorio para todos los remolques.
  • Número de luces: 1 o 2 de color Rojo.
  • Altura: Mínimo 250 mm, 1.000 mm máx.
  • Espaciado: En el caso de 1 luz antiniebla trasera: a la izquierda para vehículos con volante a la izquierda, a la derecha para vehículos con volante a la derecha. Se puede instalar en el centro.
  • Otras reglamentaciones: La distancia a la luz de freno debe ser > 100 mm.
M02068BL

Ficha técnica

Posición
delantero
Diseño - funciones
rectangular
Vacio
izq-dcho
Articulo
Piloto galibo
Principal
Recambios
Categoria
Iluminación y Electricidad
Familia
Pilotos auxiliares

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